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dc.contributor.authorCruz, Rossana Martingopor
dc.date.accessioned2017-11-27T13:19:04Z-
dc.date.issued2016-
dc.identifier.isbn978-84-9045-463-3-
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/1822/47786-
dc.description.abstractDeben los padres asegurar la protección de los hijos y su desarrollo integral. El ejercicio de los deberes que componen el contenido de la función concedida a los padres (la patria potestad o «responsabilidades parentais» en el caso portugués) debe siempre ser llevado a cabo teniendo presente este principio del interés superior del menor. Tanto en España, como en Portugal, los hijos menores (y no emancipados) están bajo la patria potestad (o «responsabilidades parentais») de los progenitores. La patria potestad, como responsabilidad parental, se ejercerá siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y respetando sus derechos, su integridad física y mental (artículo 154.º del Código Civil Español, muy similar al artículo 1878.º del Código Civil Portugués). Pero, a veces las acciones de los padres pueden ser de dudosa calificación. Por ejemplo, a menudo los padres difunden las fotos de sus hijos menores en redes sociales como el Facebook, Instagram, Youtube, Google +, etc. ¿Tienen los padres el derecho a la imagen de sus hijos y el derecho a compartirla con una lista, todavía virtualmente restringida, de personas a las que llaman «amigos»? ¿Y cuando la divulgación se hace por parte de los hijos menores? La actuación de los padres se debe someter al interés superior de sus hijos menores y si los hijos tuvieran suficiente madurez deberán ser oídos en las decisiones que les afecten. La imagen es un derecho fundamental que debe ser protegido y no se ha de olvidar que los niños son sujetos de derechos autónomos, ya que los padres no son titulares de sus hijos. Se cree que el debate es urgente y debe unir el estudio del régimen de la responsabilidad de los padres, los derechos personales de los niños (en particular, el derecho a la imagen) y los peligros de internet y de las redes socialespor
dc.language.isospapor
dc.rightsclosedAccesspor
dc.subjectRedes sociaispor
dc.subjectDireito à imagempor
dc.subjectSuperior interesse criançapor
dc.subjectSuperior interesse menorpor
dc.subjectResponsabilidades parentaispor
dc.title¿Pueden los padres difundir imágenes de sus hijos menores en las redes sociales? Ponderación del interés superior del menorpor
dc.typeconferencePaperpor
dc.peerreviewedyespor
oaire.citationConferencePlaceSalamancapor
dc.subject.fosCiências Sociais::Direitopor
dc.description.publicationversioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersionpor
sdum.conferencePublicationFodertics 5.0 – Estudios sobre nuevas tecnologías y justiciapor
Aparece nas coleções:ED/DH-CII - Comunicações e conferências

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RossanaMartingoCruz - texto enviadoFoderticsUSAL.pdf
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